B26-051Asunto: Requisitos Obligatorios para la generación
de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE)
Estimados clientes,
Por medio del presente, le informamos que la Manifestación de Valor Electrónica
(MVE) es obligatoria a partir del 01 de junio del presente año.
Esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59, fracción III, primer párrafo de
la Ley Aduanera, el importador deberá proporcionar, como anexos a la Manifestación
de Valor, los siguientes documentos:
I. El comprobante fiscal digital por Internet o documento equivalente que cumpla
con los requisitos que se establezcan mediante Reglas (Factura comercial)
II. El conocimiento de embarque, lista de empaque, guía aérea o demás
documentos de transporte
III. El que compruebe el origen cuando corresponda, y de la procedencia de las
Mercancías; (cuando aplique preferencia arancelaria)
IV. En el que conste la garantía a que se refiere el inciso e), fracción I del artículo 36-A
de la Ley; (cuando aplique)
V. En el que conste el pago de las Mercancías, tales como la transferencia
electrónica del pago o carta de crédito; “El comprobante de pago deberá
integrarse al expediente (enviar a su ejecutivo de trafico) una vez que la
mercancía sea pagada”
VI. El relativo a los gastos de transporte, seguros y gastos conexos que
correspondan a la operación de que se trate; (depende del incoterm)
VII. Contratos y, en su caso, órdenes de compra relacionados con la transacción de
la Mercancía objeto de la operación;
VIII. Los que soporten los conceptos incrementables a que se refiere el artículo 65
de la Ley;I
X. Cualquier otra información y documentación necesaria para la determinación de
valor en aduana o valor comercial de la Mercancía de que se trate, y
X. Las notas de crédito o documentos donde consten descuentos especiales
en numerario o especie, para aplicarse en el momento que corresponda al pago de
cada operación de compraventa realizada, ya sea en parcialidades o en una sola
exhibición. (cuando aplique)
Es importante reiterar que, en caso de no contar con la documentación completa
para la Manifestación de Valor, no será posible proceder con el despacho de las
operaciones de importación, ya que este requisito forma parte de las disposiciones
establecidas por la autoridad aduanera.
Por tal motivo, les solicitamos amablemente revisar y preparar con anticipación la
documentación necesaria, a fin de evitar retrasos en el despacho de sus mercancías
o posibles gastos adicionales.
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o apoyo relacionado con la implementación
y cumplimiento de esta disposición.
Atentamente
Visa Group