B25-131 Bis
Asunto: Actualización de requisitos documentales –
Cumplimiento normativo 2026 FORMATOS
Estimados Clientes y Amigos,
Esperamos que se encuentre muy bien.
Con el objetivo de seguir brindándole un servicio eficiente, ordenado y sin contratiempos en sus operaciones de comercio exterior,
queremos compartirle una actualización importante relacionada con la documentación que será requerida a partir del 1° de enero.
Derivado de los criterios que actualmente están siendo verificados por la autoridad, así como de las disposiciones aplicables en
materia aduanera, es indispensable reforzar la integración de los expedientes de nuestros clientes. Esto nos permite anticiparnos
a cualquier observación, evitar retrasos en los despachos y asegurar que sus operaciones se desarrollen de forma continua y sin afectaciones.
Nuestro interés es acompañarlos de manera preventiva, manteniendo todo en orden antes del arribo de la mercancía.
A continuación, compartimos el listado de documentación que será requerida a partir del 1° de enero, para la correcta integración
y actualización de su expediente:
Documentación requerida
- Carta encomienda dirigida al A.A. Ricardo Huerta Castro 1691
(En físico con firma autógrafa) - Carta encomienda dirigida al A.A. Edgar Lorenzo Fernández Madrid 3946 (patente respaldo) (En físico con firma autógrafa)
- Evidencia de Solicitud de Encargo Conferido electrónico del SAT para el A.A. Ricardo Huerta Castro 1691
Nota: para importaciones/exportaciones (formato). - Evidencia de Solicitud de Encargo Conferido electrónico del SAT para el A.A. Edgar Lorenzo Fernández Madrid 3946 (patente respaldo)
Nota: para importaciones/exportaciones (formato) - Acta constitutiva con datos del Registro Público de la Propiedad.
- Última modificación al acta constitutiva (de tener su empresa, para validar socios actuales).
- Poder notarial del representante legal.
- Identificación oficial vigente (INE) del representante legal
(FM3 o pasaporte en caso de extranjeros). - Identificación oficial vigente (INE) de los socios
(FM3 o pasaporte en caso de extranjeros). - Opinión de cumplimiento positiva del mes y año en curso del representante legal.
- Opinión de cumplimiento positiva del mes y año en curso de los socios.
- Constancia de situación fiscal del mes y año en curso.
- Comprobante de domicilio fiscal del mes y año en curso a nombre de la empresa.
- Comprobante de domicilio del lugar donde se realizan las actividades de la empresa.
(solo en caso de aplicar). - Fotografías del domicilio fiscal (no obtenidas de internet), donde se aprecie fachada, maquinaria, equipo de oficina, personal, medios de transporte y demás recursos utilizados en la operación de la empresa.
- Fotografías del domicilio donde se realizan las actividades
(solo en caso de aplicar y bajo los mismos criterios del punto anterior). - Consulta de estatus de domicilio ante el SAT como “Localizado”.
- Contrato de arrendamiento, comodato o título de propiedad del inmueble donde se realizan las actividades de la empresa.
- Documentos que acrediten la legal posesión de los activos utilizados en la operación
(facturas o contratos de arrendamiento). - Sello digital VUCEM del Importador o Exportador (cer, key, contraseña y cadena de Web Service).
- Ficha Técnica de Clasificación. (de contarse al momento del Alta)
- Perfil del Cliente.
- Perfil de Seguridad del Cliente.
- Contrato de prestación de servicios entre el Agente Aduanal y el cliente, firmado por el Representante Legal. (Por 1 Ocasión)
- Constancia de verificación en los listados del Art. 49-Bis, 69 y 69-B del CFF. (Este lo llena y Firmará VISA y el RL de la empresa)
La información y documentación solicitada es de carácter Obligatorio de con las disposiciones vigentes, las cuales establecen la obligación de los importadores,
exportadores y agentes aduanales de contar con expedientes completos, actualizados y verificables.En particular, lo anterior se sustenta en lo dispuesto por los siguientes ordenamientos:
- Ley Aduanera: artículos 36, 36-A, 37, 40, 41, 53 fracción II, 54, 59 fracción III, 91 y 162 fracciones IV, VI y VII.
- Código Fiscal de la Federación: artículos 69 y 69-B.
- Reglas Generales de Comercio Exterior: Regla 1.4.14
Agradecemos su comprensión y apoyo para dar cumplimiento a lo antes expuesto, reiterando nuestro compromiso de acompañarlos en todo momento.
Atentamente
Visa Group